El Ministerio de Agricultura aprobó en octubre el uso de la Denominación de Origen del "Salame de Tandil", por haber cumplido los peticionantes con todos los recaudos requeridos por la legislación. Esta es la segunda DO para productos agrícolas y alimentarios que se otorga en nuestro país, luego de la de Chivito del Norte Neuquino, aprobada en 2010.
El Ministerio de Agricultura, por Resolución 986/2011 publicada el cinco de octubre en el Boletín Oficial, aprobó el Protocolo de Producción del “Salame de Tandil”, que ampara la correspondiente Denominación de Origen. La resolución lleva la firma del Ministro de Agricultura, Julián Domínguez, y en los considerandos expresa que Pablo Cagnoli, en nombre del Consejo de la Denominación de Origen Salame de Tandil Asociación Civil, con domicilio en Tandil, solicitó el registro, protección y derecho de uso de la Denominación de Origen “Salame de Tandil”.
Se?ala que el peticionante ha cumplimentado con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridas por la legislación. Además menciona que la Comisión Nacional Asesora de Indicadores Geográficas y Denominaciones de Origen de productos Agrícolas y Alimentarios ha recomendado el reconocimiento. La Resolución aprueba el registro, protección y derecho a uso de la denominacion de origen “Salame de Tandil” con sus correspondientes logos y signos distintivos del régimen Nacional de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen.
Comentarios
No hay comentarios aún
Escriba un comentario
Para poder escribir un comentario, debe ser usuario registrado.